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Ley Orgánica o Ley de Autonomía de 1929



UNAM

La Ley de 1929 no fue un simple cambio de política respecto a la institución universitaria, sino consecuencia, en esas fechas, de la efervescencia estudiantil por diferentes conflictos, ya que si bien respondía a las expectativas de los universitarios, éstos demandaban la autonomía de la institución que los albergaba, y que tenía como antecedente, desde el nacimiento de la misma, en 1910, varias propuestas de independencia, presentada por profesores, estudiantes, y respaldadas, en algunos casos incluso, por autoridades.

El proyecto de Ley orgánica de la Universidad Nacional Autónoma de México, formulado por el presidente Emilio Portes Gil, fue aprobado el 22 de julio de 1929.

Esta Ley establece como fines de la Universidad, no sólo impartir la educación superior, sino organizar la investigación científica y llevar, por medio de la extensión universitaria, las enseñanzas que se impartían en sus aulas a quienes no estuvieran en posibilidades de asistir a escuelas superiores. Además modifica su forma de gobierno, estableciendo uno compartido entre el Consejo Universitario, como suprema autoridad, el Rector, los Directores de las facultades, escuelas e instituciones que forman parte de la Universidad y, las representación de de profesores y alumnos de las Academias.

Así es como en 1929, esta Ley surge para otorgar autonomía a la Universidad, sin embargo, dicha Ley no le otorgaba de manera plena su autonomía, las razones son las siguientes:

a) El rector era nombrado por el Consejo Universitario, a partir de una terna nombrada por el presidente de la República. Con esto, se garantizó que el rector sería nombrado desde el Gobierno Estatal, no de la Universidad.

b) Los empleados universitarios serían considerados empleados federales.

c) La Universidad debía entregar un informe anual de labores al Presidente, al Congreso de la Unión y a la Secretaría de Educación Pública.

d) La Secretaría de Educación Pública contó con un delegado en el Congreso Universitario con voz informativa.

e) El presidente podía interponer un veto a las decisiones del Congreso Universitario, y finalmente,

f) El Estado podía intervenir en la comprobación de los gastos de la Universidad por medio de la Controlaría de la Federación.







 
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